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2004, Número 4

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Rev ADM 2004; 61 (4)


El manejo de residuos peligrosos biológico-infecciosos en los consultorios dentales. Estudio de campo

Gómez GR
Texto completo Cómo citar este artículo Artículos similares

Idioma: Español
Referencias bibliográficas: 6
Paginas: 137-141
Archivo PDF: 118.39 Kb.


PALABRAS CLAVE

Residuos biológicos, consultorios dentales, infecciones, contaminación.

RESUMEN

Objetivo: Evaluar el manejo de los residuos peligrosos biológico-infecciosos (RPBI) en los consultorios dentales en la zona metropolitana del Valle de México. Material y métodos: Se realizó un estudio transversal, descriptivo, de campo, a través de la aplicación de una cédula de entrevista y la exploración de los residuos. La adecuación del manejo de estos RPBI se definió conforme a los preceptos de la NOM-087-ECOL-1995 “Que establece los requisitos para la separación, envasado, almacenamiento, recolección, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos biológico-infecciosos que se generan en establecimientos que presten atención médica”. Resultados: Se encontró que sólo 14.4% conocía las Normas Oficiales Mexicanas que regulan el manejo de estos residuos y que en ningún consultorio se manejan éstos. Conclusiones: El manejo inadecuado de los RPBI hacen que los consultorios dentales constituyan un peligro potencial de infección y contaminación para los cirujanos dentistas, sus ayudantes, el personal de recolección y la sociedad en general.


REFERENCIAS (EN ESTE ARTÍCULO)

  1. Norma Oficial Mexicana NOM-087-ECOL-1995. Que establece los requisitos para la separación, envasado, almacenamiento, recolección, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos peligrosos biológico-infecciosos que se generan en establecimientos que presten atención médica. DOF 11 de julio de 1995.

  2. Idem.

  3. NOM-013-SSA2-1994. Para la prevención y control de enfermedades bucales. DOF 6 de enero de 1995.

  4. Modificación a la NOM-013-SSA2-1994. Para la prevención y control de enfermedades bucales. DOF 21 de enero de 2000.

  5. Norma Oficial Mexicana NOM-178-SSA1-1998. Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios. DOF 29 de octubre de 1999.

  6. NOM-197-SSA1-2000. Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada. DOF 24 de noviembre de 2001.




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