medigraphic.com
ENGLISH

Cirujano General

ISSN 2594-1518 (Digital)
ISSN 1405-0099 (Impreso)
  • Mostrar índice
  • Números disponibles
  • Información
    • Información general        
    • Directorio
  • Publicar
    • Instrucciones para autores        
    • Envío de artículos
  • medigraphic.com
    • Inicio
    • Índice de revistas            
    • Registro / Acceso
  • Mi perfil

2017, Número 3

<< Anterior Siguiente >>

Cir Gen 2017; 39 (3)


Consentimiento informado. ¿Requisito legal o ético?

Vázquez GAR, Ramírez BÉJ, Vázquez RJA, Cota GF, Gutiérrez MJA
Texto completo Cómo citar este artículo 10.35366/77032

DOI

DOI: 10.35366/77032
URL: https://dx.doi.org/10.35366/77032
Artículos similares

Idioma: Español
Referencias bibliográficas: 14
Paginas: 175-182
Archivo PDF: 208.97 Kb.


PALABRAS CLAVE

Consentimiento informado, requisito ético, requisito legal, derecho sanitario.

RESUMEN

El consentimiento informado es la institución, el proceso y el documento médico-legal y bioético más trascendente de la relación médico-paciente o prestador usuario de los servicios de salud. Su reglamentación se encuentra dispersa en cuerpos normativos de diferente naturaleza como la legislación civil, la Ley General de Salud, sus reglamentos y las Normas Oficiales Mexicanas. Además de las anteriores, la perfección ético-legal del consentimiento informado implica respetar sendos principios bioéticos como la beneficencia, no maleficencia, autonomía y justicia. ¿Es el consentimiento informado un requisito legal o ético de los actos jurídicos de la relación médico-paciente? Es la pregunta de la investigación. Por lo anterior, el objetivo del presente estudio radica en exponer el consentimiento informado en su triple esfera (médico, legal y bioética), sus diferentes expresiones en la legislación mexicana y comentar sus principales implicaciones bioéticas. La naturaleza jurídica de la relación médico-paciente es la de un contrato de prestación de servicios profesionales con derechos y obligaciones para las partes. El consentimiento es un requisito de existencia del anterior contrato. El consentimiento informado se define como el acuerdo de voluntades entre médico y paciente en el que el primero realiza una propuesta de plan médico o quirúrgico, informa riesgos, beneficios y solicita autorización para atender urgencias y contingencias derivadas del acto autorizado seguido de la aceptación y firma del paciente (o de su representante en caso necesario), médico y dos testigos. El CI debe respetar simultáneamente los requisitos, forma y contenido establecido por la legislación civil, sanitaria y los principios bioéticos de autonomía, beneficencia, no maleficencia y justicia para alcanzar su existencia y validez jurídica, así como su perfección ética y legal.


REFERENCIAS (EN ESTE ARTÍCULO)

  1. Presidente-de-la-República. Código Civil Federal 1928. Diario Oficial de la Federación. México D.F. [Última reforma 24-12-13].

  2. Ackerman J. Consentimiento. En: Fix-Zamudio H. Diccionario Jurídico Mexicano. Ed. Histórica. México D.F.: Porrúa; 2011. p. 779-782.

  3. Escriche J. Diccionario Razonado de Legislación y Jurisprudencia. Ed. Librería de Rosa, Bouret y C. Paris: 1851.

  4. Presidente-de-la-República. Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación. www.dof.gob.mx 07-02-1984 [Última reforma 20-04-2015].

  5. Presidente-de-la-República. Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica. Diario Oficial de la Federación www.dof.gob.mx 14-05-1986 [Última reforma 24-03-2014].

  6. Presidente-de-la-República. Reglamento de la Ley General de Salud en materia de investigación en salud. Diario Oficial de la Federación. www.dof.gob.mx 06-01-1987 [Última reforma 02-04-2014].

  7. Presidente-de-la-República. Reglamento de la Ley General de Salud en materia de trasplantes. Diario Oficial de la Federación. www.dof.gob.mx 26-03-2014 [Sin reformas].

  8. Presidente-de-la-República. Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clínico. Diario Oficial de la Federación. www.dof.gob.mx 15-10-2012 [Sin reformas].

  9. Poder Judicial de la Federación. El consentimiento informado. Derecho fundamental de los pacientes. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tesis: 1a. XLIII/2012 (10a.). Libro XI, Agosto de 2012, Tomo 1. Pág. 478. Tesis Aislada (Constitucional).

  10. Presidente-de-la-República. Decreto por el que se crea el órgano desconcentrado denominado Comisión Nacional de Bioética. Diario Oficial de la Federación www.dof.gob 07-09-2005.

  11. Presidente-de-la-República. Decreto por el que se adiciona el artículo 41 Bis y se reforma el artículo 98 de la Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación www.dof.gob.mx 14-12-2011.

  12. Presidente-de-la-República. Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones Generales para la Integración y Funcionamiento de los Comités Hospitalarios de Bioética y se establecen las unidades hospitalarias que deben contar con ellos, de conformidad con los criterios establecidos por la Comisión Nacional de Bioética. Diario Oficial de la Federación www.dof.gob.mx 31-10-12.

  13. Presidente-de-la-República. Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones Generales para la Integración y Funcionamiento de los Comités de Ética en Investigación y se establecen las unidades hospitalarias que deben contar con ellos, de conformidad con los criterios establecidos por la Comisión Nacional de Bioética. Diario Oficial de la Federación www.dof.gob.mx 31-10-2012.

  14. Poder Judicial de la Federación. Libertad prescriptiva del médico. Parte integradora del derecho al trabajo de los médicos. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tesis: 1ª. XXII/2013 (10a.). Primera Sala. Décima Época. Libro XVI, Enero de 2013, Pág. 637 Tesis aislada.




2020     |     www.medigraphic.com

Mi perfil

C?MO CITAR (Vancouver)

Cir Gen. 2017;39

ARTíCULOS SIMILARES

CARGANDO ...