medigraphic.com
ENGLISH

Revista de Sanidad Militar

ISSN 0301-696X (Impreso)
Órgano de difusión del Servicio de Sanidad Militar y del Colegio Nacional de Médicos Militares
  • Mostrar índice
  • Números disponibles
  • Información
    • Información general        
    • Directorio
  • Publicar
    • Instrucciones para autores        
  • medigraphic.com
    • Inicio
    • Índice de revistas            
    • Registro / Acceso
  • Mi perfil

2019, Número 1

<< Anterior Siguiente >>

Rev Sanid Milit Mex 2019; 73 (1)


Criterios de ingreso- egreso a las unidades de cuidados intensivos, sustento legal aplicable

Morales PII, Rugerio TDA, Ramírez VMS, Maza TG
Texto completo Cómo citar este artículo Artículos similares

Idioma: Español
Referencias bibliográficas: 5
Paginas: 65-68
Archivo PDF: 175.10 Kb.


PALABRAS CLAVE

Criterios de ingreso, criterios de egreso, cuidados intensivos, marco legal en cuidados intensivos, modelo de prioridad.

RESUMEN

Introducción: Las unidades de cuidados intensivos son unidades especializadas de capacidad limitada atendidas por personal con competencias especiales; por lo tanto, requieren un tamizaje bien fundamentado y apegado a derecho para decidir el ingreso y egreso de los pacientes que serán atendidos en estas unidades especializadas. Marco legal: Art. 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, «Derecho de protección a la salud», Arts. 32 y 33 de la Ley General de Salud, «Atención Médica», «Modalidades de atención médica», acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General declara la Obligatoriedad de los Esquemas de Manejo Integral de Cuidados Paliativos, Norma Oficial Mexicana para la organización y funcionamiento de las unidades de cuidados intensivos. Criterios de ingreso y egreso: Los criterios de ingreso y egreso de las unidades de cuidados intensivos deben estar fundamentados de acuerdo con el marco legal vigente en un modelo de prioridades donde se privilegia a los pacientes más graves y con mayores posibilidades de recuperación sobre los menos graves y con menores posibilidades de recuperación. Conclusiones: Al aplicar el modelo de prioridades que se encuentra bien fundamentado en la normatividad vigente, se cumple con el objetivo de ofrecer los cuidados intensivos a los pacientes que obtienen mayor beneficio de los mismos y se optimizan los recursos para brindar cuidados críticos con mayor eficiencia y eficacia.


REFERENCIAS (EN ESTE ARTÍCULO)

  1. Modelo de seguridad del paciente del SINaCEAM. Estándares para implementar el modelo en hospitales. Edición 2018.

  2. Norma Oficial Mexicana NOM-025-SSA3-2013, para la organización y funcionamiento de las unidades de cuidados intensivos.

  3. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

  4. Ley General de Salud. Título Primero, Disposiciones Generales, Capítulo Único, Articulo 1o.

  5. Norma Oficial Mexicana NOM-011-SSA2-2014, criterios para la atención de enfermos en situación terminal a través de cuidados paliativos.




2020     |     www.medigraphic.com

Mi perfil

C?MO CITAR (Vancouver)

Rev Sanid Milit Mex. 2019;73

ARTíCULOS SIMILARES

CARGANDO ...